CONAGUA estrena reglas para la cuota de no caducidad de los derechos de agua
CONAGUA estrena reglas para la cuota de no caducidad de los derechos de agua
La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) publicó el 16 de junio de 2026 una nueva normativa que reconfigura por completo la cuota de garantía de no caducidad de los derechos de aguas nacionales, el mecanismo que permite a un concesionario conservar su título aun cuando no aproveche su volumen durante dos años consecutivos. La disposición deroga el reglamento vigente desde el 27 de mayo de 2011 e introduce cambios sustanciales que todos los concesionarios y asignatarios deberán incorporar a su gestión para no perder sus derechos.
Entre las modificaciones de fondo destaca la digitalización del trámite —históricamente presencial— a través de las plataformas electrónicas de CONAGUA, así como una clarificación de los plazos: el aviso debe presentarse al menos 15 días hábiles antes de que concluya el octavo trimestre de no uso, el pago se realiza en los 45 días hábiles posteriores al cierre del periodo de dos años y la autoridad resuelve las prórrogas en un máximo de 45 días hábiles. El nuevo régimen permite hasta dos prórrogas durante la vigencia del título, consecutivas o no, cada una con justificación documentada de las razones de no uso.
El punto más relevante es el régimen transitorio: el cuarto artículo transitorio establece un "borrón y cuenta nueva" mediante el cual la primera oportunidad de pago y las dos prórrogas empiezan a contarse desde el primer periodo completo de dos años de no uso posterior a la entrada en vigor del decreto, sin importar los pagos realizados bajo el reglamento de 2011.
Puntos clave
- Publicada el 16 de junio de 2026, deroga el reglamento de la cuota de no caducidad vigente desde mayo de 2011.
- Digitaliza el trámite a través de las plataformas electrónicas de CONAGUA, antes mayoritariamente presencial.
- Fija plazos claros: aviso 15 días hábiles antes del octavo trimestre, pago 45 días hábiles tras el bienio y resolución de prórroga en 45 días hábiles.
- Permite hasta dos prórrogas por título, consecutivas o no, con justificación de no uso documentada.
- El régimen transitorio reinicia el conteo de pagos y prórrogas para todos los títulos vigentes.
Implicaciones
La medida forma parte del esfuerzo de CONAGUA por ordenar el sistema de concesiones y abatir el rezago administrativo en paralelo a la nueva Ley General de Aguas. Para industrias, agroindustria y organismos operadores que mantienen volúmenes concesionados sin uso pleno, el rediseño obliga a revisar calendarios internos de cumplimiento y a migrar sus trámites a la vía electrónica; el "reinicio" del conteo ofrece un respiro inmediato, pero también señala que la autoridad endurecerá el seguimiento del uso efectivo del agua, un recurso cada vez más disputado en el país.
Fuente original: Garrigues
Más fuentes: Basham, Ringe y Correa
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